lunes, 23 de marzo de 2015

 Ayudas a la creación de Empresas  otorgadas por el  Concello de Vigo


FINALIDAD: Estas ayudas se crean para colaborar de forma activa en la generación de empleo en el municipio apoyando la puesta en marcha de proyectos, de pequeñas y medianas empresas, independientemente de su forma jurídica, que iniciasen su actividad empresarial entre el 1 de Abril de 2014 y el 31 de Marzo de 2015.

OBJETO:Se subvencionarán parte de los gastos de su puesta en marcha y del funcionamiento de la empresa durante los 3 primeros meses de actividad y los tres primeros meses anteriores.

REQUISITOS: Se exigen una serie de requistos de obligado cumplimiento para poder acceder a las mismas:
  • -       Domicilio fiscal y social en Vigo
  • -       Empresas de nueva creación
  • -       Que al menos, uno de los promotores este en situación de desempleo a la fecha de inicio de actividad.
  • -       Estar al corriente en deudas con la Administración y con el Concello de Vigo
  • -       Que los promotores no desenvolviesen igual o similar actividad en los seis meses anteriores
  • -       Que ninguno de lo promotores hubiesen recibido la subvención del Programa de Ayudas Municipales a la creación de empresas del Concello de Vigo en los 4 años anteriores al inicio de la nueva actividad

-       Y cumplir con los requisitos generales de la Ley de Subvenciones de Galicia (no estar en situación de concurso, no haber sido condenadas por sentencia firme a no poder ser beneficiarias de subvenciones, ETC)


LÍMITES: El importe máximo de estas ayudas será de 3.000.-€ por empresa y no podrá superar e 50% de los gastos efectuados durante el periodo indicado ni tampoco exceder la cuantía total de la inversión inicial realizada por los promotores.

INCOMPATIBILIDADES: No será compatible esta ayuda con las ayudas EMEGA o con las Ayudas a Autónomos siempre y cuando se soliciten para los mismos conceptos, no obstante podrán compaginarse entre sí, si se solicitan para partidas distintas.


CRITERIOS DE EVALUACIÓN:

  • -       10 puntos: Empresas que obtuvieron certificado ILE o PEIM emitido por el Concello de Vigo
  • -       2 puntos: Por la situación social de las personas promotoras que crean su puesto de trabajo (dependiendo del colectivo: mujeres, menores de 30, mayores de 45, etc)
  • -       2 puntos: por cada empleo creado por cuenta propia o ajena a tiempo completo de duración mínima de tres meses.
  • -       2 puntos: por cada perosna promotora autoempleada o contratada por cuenta ajena, empadronada en Vigo
  • -       2 puntos: por el empleo de la lengua gallega en la realizaciñon de actividades propias de la empresa


      GASTOS SUBVENCIONABLES:

  • -       Gastos de constitución y apertura (50%)
  • -       Existencias iniciales de mercancías (50%)
  • -       Gastos de alquiler (50%)
  • -       Primas de seguros (50%)
  • -       Suministros y gastos corrientes (50%)
  • -       Derechos de propiedad industrial (50%)
  • -       Impuesto de vehículos de tracción mecánica (50%) (vehículos afectos a la actividad)

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PLAZO: El plazo de presentación finaliza el próximo 15 de Julio 2015.


Departamento Jurídico
Xedega