Esta semana escribimos con la voluntad de informarles sobre las novedades
establecidas por el Real Decreto Ley 16/2013 del pasado 20 de diciembre, así
como por la Ley de Presupuestos del Estado del 26 de diciembre y por la
Ley Autonómica 9/2013 de 19 de diciembre.
Por una parte, con la llegada del nuevo año, aumentarán las siguientes
cuotas de autónomos:
- Autónomos 2014: Base mínima de cotización sube el 2% desde 858,60 a 875,70 euros mensuales, por lo que la cuota mínima, pasa de 256,72 € a 261,83 euros. La base máxima de cotización se establece en 3.597,00 euros mensuales.
- Autónomos con más de 10 trabajadores y autónomos de sociedades mercantiles y laborales: equipararán sus bases mínimas de cotización con la base mínima del grupo 1 del régimen general, que ascienden a 1.051,50 euros, con lo que la cuota mensual de autónomos será de 313,34 euros. De todos modos, quedarán exentos durante 12 meses los autónomos que causen alta inicial en el RETA.
En otro contexto,
cambian las condiciones del contrato a tiempo parcial, pues en el mismo deberá constar la jornada en horas (diarias,
semanales…) y su distribución. Será también obligatorio registrar la jornada realizada
día a día y se totalizará mensualmente, entregando una copia al trabajador con su
nómina. Se deben conservar los resúmenes de jornadas durante 4 años. Asimismo, aumenta el porcentaje de horas complementarias, incluso para contratos temporales.
Además, se reduce la jornada por cuidado de hijo/a, que amplia la edad del menor de 8 a
12 años, mientras que el Fondo de Garantía Salarial (Fogasa) anuncia que se elimina el pago del 40% de la
indemnización de despidos objetivos en empresas de menos de 25 trabajadores.
Cambian también los conceptos cotizables, ya que, desde el mes de diciembre, ciertos
pluses de la nómina pasan a ser totalmente cotizables, mientras que hasta la fecha
cotizaban solo los que superaban el 20% del IPREM. Entre ellos, el plus de transporte,
pagos en especie como planes de pensiones, primas de seguros, etc.
Otro paso más hacia una mayor autonomía de los empresarios viene dado por la supresión de la Licencia Municipal: Supresión de licencias municipales
vinculadas con establecimientos comerciales y prestatarios de servicios en la
Comunidad Gallega, sustituyéndolas por comunicaciones previas o declaraciones
responsables.
Por último, entre las
novedades pendientes de ser publicadas, pero cuyo anteproyecto ya está
aprobado, se encuentra la Ley de Mutuas, que pretende dar mayor capacidad de
gestión y control a las mutuas en las bajas por contingencias comunes, y así
que puedan formular propuesta de alta médica de trabajadores que se
trasladará al facultativo de la seguridad social y que si en plazo de 5 días no
es contestada por el mismo significará el alta inmediata y la reincorporación
del trabajador a su puesto. Así mismo, modifica los requisitos para facilitar
el acceso a la prestación por cese de actividad de los autónomos.
Quedamos a vuestra disposición para
cualquier aclaración.